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Metodología de trabajo


El Grupo de Investigación Clínica del Instituto Nacional de Cancerología es un equipo multidisciplinario de profesionales especializados con experiencia en investigación, que desde el año 2005, tiene como una de sus líneas de trabajo la coordinación, el desarrollo y la evaluación de guías de práctica clínica (GPC), consensos de expertos y protocolos de manejo del Instituto.

Las GPC, los consensos de expertos y los protocolos de manejo incluidos en el portal no son de  obligatorio  cumplimiento, ni sustituyen el juicio clínico de los profesionales sanitarios.

Metodología de Trabajo

Para el adecuado desarrollo de  las GPC, los consensos de expertos y los protocolos de manejo, el Grupo de Investigación Clínica convoca, de acuerdo al tópico en estudio, tanto a un equipo multidisciplinario de expertos técnico científicos, como a representantes de los entes territoriales, las sociedades científicas, las EPS, las ARS, las entidades privadas sin ánimo de lucro y las asociaciones de usuarios. El objetivo de esta convocatoria es optimizar el proceso y  generar recomendaciones válidas para nuestro medio.

La metodología empleada por el grupo, en cada uno de los procesos, comprende la organización de 3 equipos de trabajo básicos: el comité organizador, el grupo de revisión sistemática de la literatura y el grupo de expertos.

1. Comité  Organizador:  equipo multidisciplinario, cuyas funciones son:

Definir la pregunta principal de investigación

Orientar las preguntas secundarias

Seleccionar  los expertos externos que harán parte del  grupo de revisión bibliográfica

Asesorar  la elaboración de la estrategia de búsqueda, la presentación y la clasificación de la bibliografía

Revisar las tablas de evidencia y distribuir las mismas a los expertos

Garantizar la disponibilidad de recursos humanos, materiales y económicos

Difundir los documentos internos y externos

Organizar y programar  el evento final

Elaborar  el documento final

Elaborar y difundir los comunicados a cerca del desarrollo de los productos

Interactuar con jurados externos (pares evaluadores) de los productos

2. Grupo  de revisión sistemática de la literatura: equipo multidisciplinario con formación en medicina basada en la evidencia (MBE), cuyas funciones son:

Elaborar las preguntas secundarias de investigación.

Elaborar la estrategia de búsqueda: términos MeSH, criterios de inclusión y exclusión de la literatura.

Realizar la búsqueda sistemática de la literatura: buscar los  documentos, seleccionar los documentos, clasificar los documentos, leer los documentos y proporcionar un análisis objetivo de la bibliografía, sin interpretación de los resultados, por medio de una revisión sistemática de la literatura  donde se clasifica  la información en tablas de evidencia. Dichas tablas se pondrán a disposición del comité organizador, del panel de expertos  y de los pares evaluadores.

Apoyar  al comité organizador en la selección de los expertos externos (criterios de inclusión y de exclusión).

3. Grupo de expertos: equipo multidisciplinario encargado de brindar su opinión basada, tanto en el conocimiento (MBE), como en su  experticia, en  el  tópico mediante una técnica de consenso. Los criterios que se han definido para la selección de los expertos son:

Publicaciones científicas en los últimos 5 años
Formación académica y/o experiencia certificada en el área
Membresía a una sociedad científica o grupo académico

Declaraciones de Intereses

Todos los integrantes del grupo de desarrollo  de las GPC, los consensos y los protocolos, así como, los expertos participantes en los paneles deben completar, al inicio del proceso, un formato de  declaración de conflicto de intereses, tanto personales, como no personales, con el fin de asegurar la transparencia de las actividades. Si se determina que alguno de los participantes presenta un conflicto de intereses, dicho miembro queda inhabilitado.

Existe un conflicto de intereses toda vez que un interés primario (tales como el bienestar de los pacientes, o la validez de una investigación científica) puede verse afectado por un interés secundario (ganancia personal o colectiva de tipo  económico, legal o profesional).
 


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